Trámites


LICENCIA DE PRIMERA UTILIZACIÓN DE OBRAS

Unidad Gestora


Urbanismo

Descripción


Las obras a tramitar mediante el procedimiento ordinario o simplificado de concesión de licencias, que precisen de proyecto técnico y dirección de obra deberán, una vez finalizadas las obras, solicitar y obtener licencia de primera utilización, en los términos indicados en los informes técnicos que motivaron la concesión de la licencia de obras.
En todo caso, quedará sometida a este tipo de permisos la primera utilización de los inmuebles construcciones e instalaciones resultantes de las obras de edificación y de rehabilitación, ampliación, cambios de uso global o parcial de un edificio.
Dicha licencia será otorgada una vez se verifique que lo realizado se ajusta a la licencia de edificación concedida anteriormente, confrontando la obra realizada con el proyecto que le sirvió de soporte y comprobando a su vez si se han cumplido las condiciones establecidas en la precedente licencia de obras.
Tramitación:
1.- Procedimiento ordinario
La solicitud de licencia será remitida a la Unidad de Urbanismo, que comprobará si se ha presentado la documentación completa y efectuará la comprobación de las obras.
En el supuesto de otorgamiento sin retención de los avales, habrá de proponerse simultáneamente la devolución del aval prestado en cumplimiento de las condiciones de la precedente licencia de obras.
Cuando se trate de varios edificios independientes, podrán concederse, a criterio municipal razonado, sucesivos permisos de primera utilización según se vaya finalizando la construcción de cada uno de ellos.

Requisitos


Si procede
La solicitud deberá ser formulada por el titular de la licencia de obras

Documentación


DOCUMENTACIÓN GENERAL A PRESENTAR:
En todos los casos se aportará:
1.1.- Impreso normalizado de Procedimiento ordinario
1.2.- Hoja estadística de vivienda, si procede.
1.3.-Documentación que justifique la identidad del solicitante, promotor o representante y la acreditación de dicha representación.
DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA A PRESENTAR:
- Certificación final de las obras suscrita por el técnico director de las obras, debiendo de estar visado por el Colegio Oficial correspondiente si ha sido obligatorio para el proyecto que ampara la licencia concedida.
- Liquidación final de las obras suscrita por el técnico director de las obras, debiendo de estar visado por el Colegio Oficial correspondiente si ha sido obligatorio para el proyecto que ampara la licencia concedida.
- Plano del emplazamiento de la edificación, en soporte papel y digital, con indicación de las diferentes acometidas de los servicios a la misma de agua y saneamiento.
- Plano a escala, en soporte papel y digital, en el que quede perfectamente delimitado el suelo destinado a cesión para uso y dominio público, en su caso.
- Fotocopia de la Cédula de Calificación Definitiva, en el caso de destinarse a algún tipo de vivienda de protección pública.
- Escritura de cesión del suelo destinado a cesión para uso y dominio público, en su caso.
- Boletín debidamente tramitado de las instalaciones de Telecomunicación, en su caso.
- Fotografías en color desde todos los puntos de vista.
- Otra documentación que se indicará, en función de la obra específica de que se trate, en la licencia de obras

Canales de tramitación y obtención de impresos/formularios/documentación


Presencial

OAC Las Arenas/Romo

Tramitación \ Información \ Impresos

Calle Las Mercedes, 13

Horario:Lunes a viernes: 08:00 - 14:00. Se recomienda solicitar cita previa a través del teléfono 94 466 00 00 o en Cita previa

Localización:Las Arenas

Código Postal:48930

Teléfono:944660266

Email:hab.romo@getxo.eus

OAC Algorta

Tramitación \ Información \ Impresos

Torrene, 3

Horario:Lunes a viernes: 08:00 - 14:00. Se recomienda solicitar cita previa a través del teléfono 94 466 00 00 o en Cita previa

Localización:Algorta

Código Postal:48991

Teléfono:944660366

Email:hab.algorta@getxo.eus

Plazo máximo para resolver y notificar


Procedimiento ordinario: Tres meses

Efectos de la falta de resolución en plazo


Se entenderá concedida la licencia por el transcurso del plazo máximo para resolver desde la presentación de la solicitud, salvo los actos que se indican a continuación, que requerirán del acto expreso de conformidad, aprobación o autorización administrativa que sea preceptivo según la legislación de ordenación territorial y urbanística:
• La primera utilización de las edificaciones de nueva planta y de las casas prefabricadas e instalaciones similares, ya sean provisionales o permanentes.
En estos casos el vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución expresa legitimará al interesado que hubiere formulado la solicitud para entenderla desestimada por silencio administrativo.
En ningún caso podrán adquirirse, ni aun por silencio administrativo positivo, facultades o derechos disconformes con la ordenación urbanística ni con la legalidad vigente

Recursos


Recurso potestativo de reposición

Recurso contencioso-administrativo

Normativa vigente


Ordenanza municipal sobre licencias urbanísticas y actos comunicados normativa.htm

Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras normativa.htm

Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por Servicios Urbanísticos y Licencias de Obras normativa.htm

Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo 2-2006 Legea.pdf

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Ley 39-2015 de 1 octubre de Procedimiento Administrativo Común AAPP.pdf

Documentos adjuntos


Solicitud para la realización de obras y actividades DN.269 Solicitud para realizacion de obras y actividades.doc

Otorgamiento de representación voluntaria para obras y actividades DN.272 Otorgamiento representacion voluntaria obras actividades.doc

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