Trámites


ESTANCIA PERMANENTE EN RESIDENCIA PERSONAS DEPENDIENTES

Unidad Gestora


SERVICIOS SOCIALES

Descripción


La Diputación Foral de Bizkaia, a través de una completa red de residencias, ofrece un nuevo hogar a las personas dependientes que, a causa de una enfermedad o discapacidad, necesitan cuidados especiales que no pueden obtener en su entorno habitual, en su vivienda o de su familia.

En estas residencias se proporciona:

Asistencia integral personalizada, que incluye desde alojamiento, alimentación hasta higiene personal.
Cuidados sanitarios, entre los que destacan la atención médica y de enfermería, prevención, o los programas de rehabilitación.
Atención social, actividades socio-culturales, entretenimientos...

Requisitos


- Tener 60 años cumplidos en la fecha de presentación de la solicitud.
Podrán exceptuarse del cumplimiento de este requisito, previo informe favorable de la Comisión Técnica de Personas Mayores, a aquellas personas que hubieran cumplido (50) años, que tengan reconocida su situación de dependencia y que, por circunstancias personales o sociales, puedan equipararse a las personas de (60) años o más.
- Poseer la nacionalidad española u otra de cualesquiera de los Estados Miembros de la Unión Europea.
- Estar empadronada en algún Municipio del Territorio Histórico de Bizkaia en el momento de presentar la solicitud.
- Obtener la calificación de persona mayor dependiente.
No obstante lo anterior, no se exigirá el cumplimiento de los requisitos de edad y de calificación de persona mayor dependiente para el caso de:
- Del o la cónyuge o pareja de hecho, conforme a lo dispuesto en la Ley 2/2003 de 7 de mayo, de una persona a la que se le hubiera reconocido su derecho a plaza por reunir todos los requisitos de acceso recogidos anteriormente, siempre y cuando tenga cincuenta años cumplidos, sea pensionista y conviva en el momento de realizar la solicitud de ingreso o haya convivido hasta la fecha de ingreso en la residencia de su cónyuge o pareja de hecho
- Cuando de trate de parientes en línea reca o colateral, por consaguinidad o afinidad, hasta el tercer grado, de una persona a la que se le hubiera reconocido su derecho a plaza por reunir todos los requisitos de acceso recogidos con carácter general, siempre y cuando tega 50 años cumplidos, reconocida al menos una dependencia moderada (grado I nivel 1) o una situación de dependencia como resultado de la valoración sanitaria realizada de acuerdo con el sistema “Resident Assessment Instrument Screener Plus”, sea pensionista y haya convivido con esa persona, como mínimo durante los diez años ateiores a la fecha de solicitud de ingreso en residencia de la misma.

Documentación


- Fotocopia del D.N,I,o,en su defecto,de cualquier otro documento acreditativo de la personalidad de la persona solicitante y. en su caso, del representante legal o persona que ejerza la guarda de hecho .
- Fotocopia del D.N,I.o,en su defecto,de cualquier otro documento acreditativo de la personalidad de cada miembro de la unidad de convivencia definida en el articulo 13 del presente Decreto Foral.
- Resolución administrativa en la que se señale el grado y nivel de dependencia o, en su caso, copia de la solicitud de valoración de la misma.
En todo caso,sera preciso efectuar solicitud de valoración de la dependencia de forma simultánea o indicar que dicha solicitud ya ha sido realizada. si en el momento de solicitar el ingreso en residencia no se hubiera realizado la correspondiente solicitud o no hubiera sido realizada aún dicha valoración.
En el supuesto de que la solicitud de valoración de la dependencia no hubiera sido presentada previamente,la documentación requerida que sea coincidente con ambas solicitudes se aportará
exclusivamente junto a la solicitud de valoración de la dependencia.Si la solicitud de valoración de la dependencia hubiera sido realizada con carácter previo a la solicitud de ingreso, no será necesario aportar la documentación coincidente que hubiera sido presentada junto aquélla; bastará con que se indique está circunstancia en la solicitud de ingreso.
- En caso de incapacidad,la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud en nombre de la persona incapaz.
- Certificado de empadronamiento de la persona solicitante en el que conste su vecindad administrativa en el Territorio Histórico de Bizkaia en el momento de la presentación de su solicitud.
- En los supuestos de ciudadanía de Estados no pertenecientes a la Unión Europea,documentación acreditativa de la residencia legal y del periodo de residencia efectiva en el Estado español conforme a lo dispuesto en el articulo 9.a).2 del presente Decreto Foral.
- Declaración Jurada de Ingresos y Bienes actualizada conforme al modelo del Anexo II al presente Decreto Foral, de la persona solicitante y, en sucaso,de los miembros de la unidad de convivencia.
- Certificado de pensión del Instituto Nacional de la Seguridad Social y/o entidad pagadora de otras pensiónfes e ingresos, referido al importe anual de las mismos, asi como al número de pagas extraordinarias, en su caso de la persona solicitante y, en su caso,de los miembros de la unidad de convivencia.
- Certificado o extracto de saldos de todas las cuentes corrientes, depósitos dinerarios, valores mobiliarios, etc., a nombre de la persona solicitante correspondientes al último año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud y a la fecha de ésta correspondientes a la persona solicitante y, en su caso, a los miembros de la unidad de convivencia.
- Documentos acreditativos,en su caso,de la composición de la unidad de convivencia (articulo 13), certificados de estar en paro o estudiando los hijos/as entre 18 y 26 años, inclusive, cerrtificados de minusvalía, etc.
- Documento para la domiciliación bancaria del abono del precio público por estancia permanente en un centro de la red foral de residencias conforme a la normativa foral especifica que lo regule.
- Autorización al Departamento Foral de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia para realizar todas las consultas que fueran necesarias en los ficheros del Departamento Foral de Hacienda y Finanzas y en los correspondientes a otras agencias tributarias al objeto de comprobar la situación económico-patrimonial de la persona solicitante (Anexo 1-Solicitud de alta en el servicio público foral de residencias para personas mayores dependientes).
Esta autorización deberá ser realizada,asimismo,por cada uno de los miembros de la unidad de convivencia si los hubiere (Anexo 11 ).
- Autorización al Departamento Foral de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia para realizar todas las consultas, asi como para solicitar y facilitar datos e informes, al Servicio Vasco de Salud (Osakidelza)oa otras instituciones sanitarias, que fueran necesarias con relación a la situación sanitaria de la persona solicitante (Anexo I -Solicitud de alta en el servicio público foral de residencias para personas mayores dependientes).
- Autorización al Departamento Foral de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia para solicitar datos e importes relativos a pensiones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y otras entidades pagadoras de pensiones y de otros ingresos( AnexoI¬Solicitud de alta en el servicio público foral de residencias para per sonas mayores dependientes).
- Autorización al Departamento Foral de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia para solicitar datos y realizar consultas a entidades financieras y de ahorro sobre cualquier bien o derecho que pudieran tener depositado en ellas y que perteneciera a la persona solicitante.
Autorización al Departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia para que los datos de carácter personal que pudieran integrar los ficheros automatizados pudieran ser utilizados con fines de producción de estadisticas e investigación científica y para las funciones propias del Departamento de Acción Social en los términos previstos por la legislación de protección de datos de carácter personal (AnexoI-Solicituddealta en el servicio público foral de residencias para personas mayores dependientes).
q) Certificación del valor catastral de los bienes inmuebles emitida por el Departamento Foral de Hacienda y Finanzas u otras Administraciones tributarias o Informe de tasación oficial realizado por un técnico profesional cualificado.
Dada la autorización otorgada al Departamento de Acción Social para consultar los ficheros del Departamento de Hacienda y Finanzas o de otras agencias tributarias recogida en el apartado 1), no se requerirá la presentación del certificado del «valor catastral» ni el informe de tasación oficial señalados en el párrafo anterior, salvo que la persona interesada lo presente y si fuera presentado este último informe de tasación su valoracion prevaiecera sobre la del valor catastral.

Canales de tramitación y obtención de impresos/formularios/documentación


Presencial

Área de Servicios Sociales (Andra Mari)

Tramitación \ Documentación \ Información \ Impresos

Calle Puerto Orduña 16

Horario:De lunes a viernes, de 08:00 a 14:00 horas

Localización:Algorta

Código Postal:48993

Email:gizartez@getxo.eus

Área de Servicios Sociales (Romo - Las Arenas)

Documentación \ Información \ Impresos

Calle Monte Gorbea, 10 (Esquina Gobelaurre)

Horario:De lunes a viernes, de 08:00 a 14:00

Localización:Romo

Código Postal:48930

Email:gizartez@getxo.eus

Plazo máximo para resolver y notificar


2 meses

Efectos de la falta de resolución en plazo


Desestimación de la solicitud

Recursos


Recurso potestativo de reposición

Recurso contencioso-administrativo

Normativa vigente


Decreto Foral 163/2009, de 1 de diciembre, de modificación de estancias permanentes en residencias Decreto Foral 163-2009 de 1 de diciembre de modificacion de estancias permanentes en residencias.pdf

Decreto Foral 29/2009, de 24 de febrero, que regula el régimen de acceso a residencias en estancia permanente Decreto Foral 29-2009 de 24 de febrero que regula el régimen de acceso a residencias en estancia permanente.pdf

Criterios de concesión y requisitos de las personas beneficiarias de ayuda directa para el ingreso en un centro residencial/vivienda comunitaria de personas mayores en situación o riesgo de desprotección Criterios y requisitos 2024.pdf

Documentos adjuntos


Solicitud residencia Estancia Permanente DFB impreso solicitud bilingue residencia permanente.pdf

Solicitud de ayuda económica para el ingreso en centro residencial de personas mayores DN.434 Solicitud ayuda economica ingreso en centro residencial.doc

Otorgamiento de representación (Cohesión Social). Prestaciones económicas DN.410 Otorgamiento de representacion (Cohesion Social). Prestaciones economicas.doc

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